Una violación que aglomera varias injusticias
Por: Mariana Linares Bigott Abog. UCV.
La semana pasada se dio a conocer sobre la espeluznante violación de una joven venezolana, lo cual ha conmocionado a venezolanos y argentinos, se ha generado una fuerte indignación en contra del sistema penal argentino, y su método indolente para llevar el caso.
El imputado del delito abuso sexual agravado por acceso carnal, (antes abuso sexual simple)[1] Irineo Humberto Garzón Martínez, fue detenido en flagrancia, sin embargo, después de 48 horas, la jueza Karina Zucconi decidió su excarcelación, mientras sigue el proceso penal, alegando la presunción de inocencia y la carencia de razones que permitieran suponer de manera fundada que el imputado va a intentar eludir a la justicia o entorpecer la investigación, puesto a que el prenombrado no posee antecedentes penales.
Ahora bien, se demostró que Garzón actuó alevosamente, pues conocía los datos de su víctima y planificó la agresión sexual, además el imputado intentó fugarse al momento en que los funcionarios policiales entraron a su local y del mismo modo mintió sobre su domicilio, razón por la cual, no entendemos la decisión de esta juez, conocemos las garantías procesales que posee un imputado o acusado, sin embargo rechazamos los motivos por los cuales fue dado en libertad condicional, consideramos que lo correcto era otorgarle una prisión preventiva. [2]
En palabras del abogado de la víctima: «Estamos hablando de un señor que planificó el delito, introduciéndose en un grupo de venezolanos en Argentina, un grupo cerrado, ofreciendo trabajo falsamente, drogando a la víctima para vulnerarla, encerrándola, privándola ilegalmente de su libertad y finalmente cometiendo el delito principal que es el que quería cometer, hay todo un conjunto de delitos que después la jueza va a tener que ver qué hacer con eso»,
El primero de febrero de 2021, el caso se hace más polémico tras las primeras declaraciones del imputado y su abogado defensor Edgardo Cantore, estos niegan tales hechos denunciados por la víctima y alegan que el coito fue consentido, aun cuando en el examen forense se deja constancia de que existen lesiones compatibles con una violación.
"ella le dijo amor, le envió corazoncitos, se le ofreció, él en ningún momento la drogó, en ningún momento la violó. fue una relación consentida”.
Otro de los argumentos de la defensa de Garzón se basan en que este no drogó a la venezolana:
«Le dio alcohol y pedido de ella, a su pedido tomaron jugo de naranja con vodka».
A todo esto, consideramos que Garzón goza de su derecho a la defensa y por ello tiene plena garantía constitucional de argumentar lo ocurrido, sin embargo, debe probar sus declaraciones, las cuales, no son congruentes con los hechos manifestados por la victima y los vídeos virales hace unos días. La maniobra de la defensa, es tratar de deshonrar a la víctima y sembrar dudas.
El crimen contra esta muchacha lastima en lo más profundo, ahí donde duelen los miedos y la incertidumbre de ser vulnerable, esta violación aglomera varias injusticias:
2. la vulnerabilidad de su situación de migrante, pensar en cualquier mujer que fue objeto de violaciones de género o que han sentido temor de exigir sus derechos en otro país, resulta devastador.
3. Las cuestionables o deficientes acciones de la justicia argentina, en razón a la incongruencia de juzgar en libertad a un violador detenido in fraganti, teniendo suficientes elementos de convicción para aplicar la prisión preventiva.
Lamentablemente, estos hechos suceden todos los días, en todo el mundo y en todas partes, las agresiones sexuales contra las mujeres y las niñas son tantas y tan cotidianas que bajo ningún concepto se pueden ignorar o silenciar. El estigma, las carencias de denuncias y el trabajo deficiente de los llamados a ejercer la justicia y las leyes no hacen sino eternizar la impunidad.
Exigimos justicia, y un trato adecuado a esta compatriota en Argentina.
[1] Artículo 119 del código penal argentino
[2] La prisión preventiva consiste en la privación de libertad a una persona con apariencia de haber cometido un delito.
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