SABES ¿QUÉ ES FEMICIDIO?
Por: Mariana Linares - Abog. UCV
El pasado domingo se conmemoró el Día Internacional de la Mujer, muchas mujeres y hombres en todo el mundo se manifestaron con el objetivo de exigir el respeto de los derechos ya alcanzados, y la evolución en los pendientes.
En nuestro país Venezuela estos activistas plantearon como principales problemas: a) el acrecimiento de la violencia hacia la mujer y b) el aumento en los casos de femicidio, pues se han registrado más de 44 femicidios en este primer trimestre del año 2020, lo cual es alarmante.
Recuerda que la violencia de género abarca una amplia gama de actos en contra de una mujer, desde de la violencia psicológica, amenazas, ciber-acoso, pasando por la violencia física, y pudiendo llegar hasta el femicidio, considerado este último acto, como una de las formas más extremas de violencia, por ende tiene una pena de prisión que puede llegar a la máxima en nuestro país, 30 años. (Si quieres saber de mas formas de violencia, lee nuestro artículo anterior).
Pero ¿Sabes qué es el femicidio?
Es el asesinato intencional de una mujer (niña, adolescente, joven, adulta) por odio, desprecio a la condición de ser mujer.
Este término es relativamente nuevo, fue utilizado por primera vez en 1976, por la activista y escritora sudafricana Diana Russell, quien durante el Tribunal Internacional de Crímenes contra Mujeres, en Bruselas, señaló que la palabra ‘femicidio’ es la que mejor describe
“Los asesinatos por parte de hombres, motivados por el desprecio, odio, el placer o el sentido de propiedad sobre las mujeres”.
“Los asesinatos por parte de hombres, motivados por el desprecio, odio, el placer o el sentido de propiedad sobre las mujeres”.
No obstante, este palabra no se refiere sólo a quitarle la vida a una mujer. Russell también considera el proceso previo, que suele estar cargado de violencia, donde puede presentarse: abuso sexual, tortura, violación, esclavitud sexual, violencia física y emocional.
Femicidio en Venezuela
Anteriormente los asesinatos de mujeres no tenían un nombre ni calificativo en el sistema legal venezolano, eran considerados un homicidio.
El femicidio en Venezuela, se tipifico como delito por primera vez en la reforma de la Ley Orgánica por el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, el 25 de noviembre del año 2014 en Gaceta Oficial número 40.548, la referida ley en su artículo 15 define las formas de violencia en contra de la mujer, entre ellas el femicidio, aludiendo lo siguiente:
“la forma extrema de violencia de género, causada por odio o desprecio a su condición de mujer, que degenera en su muerte, producidas tanto en el ámbito público como privado”.
Diferencia entre femicidio y Feminicidio
Estos términos giran en el mismo escenario: el asesinato de una mujer. Sin embargo se diferencian porque el feminicidio sucede por la negligencia de un Estado en sus políticas públicas, mientras que el femicidio es cometido a una mujer, simplemente por serlo.
Entonces ¿Qué es el feminicidio?
Este término fue incorporado por Marcela Lagarde, antropóloga que se dedicó a investigar los feminicidios perpetrados en México. Para ella, es importante hacer una distinción del feminicidio respecto a los femicidio, por una razón clara, el feminicidio reconoce la impunidad del Estado para condenar estos asesinatos masivos. De esta forma
“son conjuntos de delitos de lesa humanidad que contienen los crímenes, los secuestros y las desapariciones de niñas y mujeres en un cuadro de colapso institucional. Se trata de una fractura del Estado de derecho que favorece la impunidad. El feminicidio es un crimen de Estado“, define Lagarde.
Los feminicidios se extienden en el tiempo y, tal como considera la antropologa, corresponden a un “genocidio contra mujeres“.
Ahora bien, la abogada venezolana, activista de los DDHH Tamara Adrián, explica que no se debe confundir el femicidio con feminicidio, este último es un término que marcó el Estado para referirse al asesinato de mujeres, como puede ocurrir a los hombres, que mueren por causas violentas. Aclara que, en cambio, el femicidio es un crimen de odio, entendido como el asesinato de una mujer por el hecho de ser mujer. Por ejemplo, si cuatro hombres y una mujer están caminando por una calle, llega alguna persona armada y los asesina a todos, esto se considera feminicidio.
Diferencia entre Femicidio y el homicidio
El femicidio en Venezuela consta de un tipo penal autónomo, pues está tipificado en una ley especial (Ley Orgánica por el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia), y no en el código penal, como el homicidio.
La pena del femicidio es mayor al homicidio ordinario y calificado. ¿Por qué es diferente? pues como se ha venido diciendo el femicidio se refiere al asesinato de una mujer por causas relacionadas con el desprecio de su género. En nuestro país muchas veces los asesinatos de mujeres por su género no se imputan como femicidio en un juicio, es decir el Estado se hace el ciego, y lo califica como un homicidio ordinario, siendo el femicidio un delito tanto intencional, como de odio hacia un género.
Por su parte, la abogado Tamara Adrian señala lo siguiente:
“la forma extrema de violencia de género, causada por odio o desprecio a su condición de mujer, que degenera en su muerte, producidas tanto en el ámbito público como privado”.
“son conjuntos de delitos de lesa humanidad que contienen los crímenes, los secuestros y las desapariciones de niñas y mujeres en un cuadro de colapso institucional. Se trata de una fractura del Estado de derecho que favorece la impunidad. El feminicidio es un crimen de Estado“, define Lagarde.
Diferencia entre Femicidio y el homicidio
El femicidio en Venezuela consta de un tipo penal autónomo, pues está tipificado en una ley especial (Ley Orgánica por el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia), y no en el código penal, como el homicidio.
La pena del femicidio es mayor al homicidio ordinario y calificado. ¿Por qué es diferente? pues como se ha venido diciendo el femicidio se refiere al asesinato de una mujer por causas relacionadas con el desprecio de su género. En nuestro país muchas veces los asesinatos de mujeres por su género no se imputan como femicidio en un juicio, es decir el Estado se hace el ciego, y lo califica como un homicidio ordinario, siendo el femicidio un delito tanto intencional, como de odio hacia un género.
Por su parte, la abogado Tamara Adrian señala lo siguiente:
“El femicidio es superior a un homicidio ordinario, porque se trata de un crimen de odio hacia la mujer. Entonces se presume, con base en evidencias, que el autor actúa por causas de odio –como agresión sexual o violación– a su género. Pero como a veces es difícil encajar la muerte de una mujer en el marco de femicidio, lo que el fiscal hace es que lo imputa como homicidio ordinario”,
Femicidios según la ley.
La ley citada anteriormente establece este delito de la siguiente forma
“El que intencionalmente cause la muerte de una mujer motivado por odio o desprecio a la condición de mujer, incurre en el delito de femicidio, que será sancionado con penas de veinte a veinticinco años de prisión”.
Seguido de esto la ley regula cuales son las conductas y circunstancias de odio y desprecio, así:
"Se considera odio o desprecio a la condición de mujer cuando ocurra alguna de las siguientes circunstancias:
1. En el contexto de relaciones de dominación y subordinación basadas en el género.
2. . La víctima presente signos de violencia sexual.
3. La víctima presente lesiones o mutilaciones degradantes o infamantes previas o posteriores a su muerte.
4. El cadáver de la víctima haya sido expuesto o exhibido en lugar público.
5. El autor se haya aprovechado de las condiciones de riesgo o vulnerabilidad física o psicológica en que se encontraba la mujer.
6. Se demuestre que hubo algún antecedente de violencia contra la mujer en cualquiera de las formas establecidas en esta Ley, denunciada o no por la víctima".
Además, la pena se aumentará de 28 hasta 30 años de prisión, en estos casos:
1. Cuando medie o haya mediado entre el agresor y la víctima una relación conyugal, unión estable de hecho o una relación de afectividad, con o sin convivencia. Es decir sea pareja o ex pareja, (esposos, ex esposos, concubinos ex concubinos, novios ex novios, vivan o no vivan juntos.
2. Cuando medie o haya mediado entre el agresor y la víctima una relación laboral, académica, profesional, que implique confianza, subordinación o superioridad. (Profesoras y alumnas, Jefes y empleadas).
3. Cuando el acto se haya cometido en menosprecio del cuerpo de la víctima o para la satisfacción de instintos sexuales.
4. Cuando el acto se haya cometido en la trata de mujeres, niñas y adolescentes o redes de delincuencia organizada.
Hace unos años atrás esta palabra en nuestro país era casi una utopía, las instituciones y medios disfrazan estos términos como “crímenes pasionales”, se intenta menospreciar el término y reducir una violencia más compleja (femicidio), en algo común para todos: (homicidio). Debes de saber que la ley señala el femicidio como un delito contra los DDHH, y por ello quien sea culpable en un juicio de cometer este delito, no tendrá derecho a ningún beneficio procesal, es decir no habrá reducción de pena, ni se aplicaran medidas alternativas para el cumplimiento de la pena.
Nuestra sociedad establece falsas premisas como estas: “las mujeres mueren, como los hombres, productos de las pasiones de los seres humanos”, es un falso concepto que debemos de diferenciar, y espero hayas entendido.
Es importante que sepas, que datos de la ONU, indican que mientras la media mundial de casos de femicidios, es de 3 por cada 10 mujeres, en Venezuela la proporción está 10% por encima, formando parte de la lista de las 15 naciones con más femicidios del mundo. Así mismo, informes de las ONG Centro de Justicia y Paz, del Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres, Fundamujer situaron a Venezuela entre los 15 países con más femicidios en el mundo.
Ya haz visto que es un tema del cual debemos de preocuparnos, por lo que hay que atenderlo desde el comienzo: las formas de violencia. ¡Denuncia!, los femicidios no se cometen a la deriva ellos vienen acompañado de otros delitos como: violencia psicológica, física, acoso, amenazas, entre otros.
Recuerda, que te acosen, te amenacen y te chantajeen son delitos con penas de prisión, no solo debes denunciar la agresión física, la ley te ampara, evita el femicidio.
Espero este articulo te haya interesado, y como de costumbre si lo permites cerraré con unas citas:
“la violencia deja marcas, no verla, deja femicidios”
“Hay criminales que proclaman tan campantes ‘la maté porque era mía’, así no más, como si fuera cosa de sentido común y justo de toda justicia y derecho de propiedad privada, que hace al hombre dueño de la mujer. Pero ninguno, ninguno, ni el más macho de los supermachos tiene la valentía de confesar ‘la maté por miedo’, porque al fin y al cabo el miedo de la mujer a la violencia del hombre es el espejo del miedo del hombre a la mujer sin miedo” Eduardo Galeano.
1. En el contexto de relaciones de dominación y subordinación basadas en el género.
2. . La víctima presente signos de violencia sexual.
3. La víctima presente lesiones o mutilaciones degradantes o infamantes previas o posteriores a su muerte.
4. El cadáver de la víctima haya sido expuesto o exhibido en lugar público.
5. El autor se haya aprovechado de las condiciones de riesgo o vulnerabilidad física o psicológica en que se encontraba la mujer.
6. Se demuestre que hubo algún antecedente de violencia contra la mujer en cualquiera de las formas establecidas en esta Ley, denunciada o no por la víctima".
Hace unos años atrás esta palabra en nuestro país era casi una utopía, las instituciones y medios disfrazan estos términos como “crímenes pasionales”, se intenta menospreciar el término y reducir una violencia más compleja (femicidio), en algo común para todos: (homicidio). Debes de saber que la ley señala el femicidio como un delito contra los DDHH, y por ello quien sea culpable en un juicio de cometer este delito, no tendrá derecho a ningún beneficio procesal, es decir no habrá reducción de pena, ni se aplicaran medidas alternativas para el cumplimiento de la pena.
“la violencia deja marcas, no verla, deja femicidios”
“Hay criminales que proclaman tan campantes ‘la maté porque era mía’, así no más, como si fuera cosa de sentido común y justo de toda justicia y derecho de propiedad privada, que hace al hombre dueño de la mujer. Pero ninguno, ninguno, ni el más macho de los supermachos tiene la valentía de confesar ‘la maté por miedo’, porque al fin y al cabo el miedo de la mujer a la violencia del hombre es el espejo del miedo del hombre a la mujer sin miedo” Eduardo Galeano.
Es el machismo el que mata a las mujeres y las mata en su casa. La mitad de estas muertes se produce los fines de semana, en muy pocos casos usando arma de fuego, lo que significa que, en casi todos los casos, el agresor para ejecutar su crimen tuvo que acercarse a su víctima o vivir con ella. En la mayoría de los casos podemos asociar temporalmente la determinación de dejarlo con la muerte de la víctima. Quienes toman decisiones de protección deben saber muy bien, las cosas que hemos señalado, pues son éstas las condiciones y circunstancias en las que se producen las muertes, para tomar decisiones que las eviten. Del mismo modo deben saber cómo el machismo se defiende usando el propio sistema de protección, desde los estereotipos, roles y espacios para minimizar y hasta justificar la violencia.
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